1. Países Bajos
Fue el primer lugar en el mundo en aprobar la eutanasia activa en abril de 2002, luego de que se tomaran diferentes decisiones judiciales con anterioridad que abrieron paso a la legislación.
En 1973, un médico fue condenado por haber facilitado la muerte de su madre tras reiteradas solicitudes explícitas de eutanasia.
El caso provocó gran conmoción y, aunque se mantuvo la condena, el fallo del tribunal estableció criterios en los que no se requeriría que un médico mantuviera vivo a un paciente en contra de su voluntad.
2. Bélgica
Poco más de un mes después de la aprobación en Holanda, Bélgica también legalizó la eutanasia y el suicidio asistido.
Fue también, años después, el primer país del mundo donde se aprobó la eutanasia para menores de 12 años en casos de enfermedad terminal.
3. Luxemburgo
El parlamento de Luxemburgo aprobó la legalización de la eutanasia en marzo de 2009.
Los pacientes terminales tendrían la opción de solicitar el procedimiento después de recibir la aprobación de dos médicos y un panel de expertos.
4. Colombia
En Colombia en 1997, la Corte Constitucional declaró inconstitucional el delito de "homicidio por piedad" y eximió a los médicos de responsabilidad penal si se trataba de un enfermo terminal bajo intenso dolor o sufrimiento que había solicitado libremente y en pleno uso de sus facultades.
Pero la Corte Constitucional también llamó a que se establecieran regulaciones legales estrictas para proteger el derecho a la vida, algo que no ocurrió, dejando el asunto en un limbo jurídico durante años.
Eso, hasta una nueva sentencia de 2014 que le dio 30 días al Ministerio de Salud para que regulara el derecho a la muerte digna.
Así fue que el Ministerio estableció los lineamientos en los que se requiere tener una enfermedad en estado terminal; considerar que la vida ha dejado de ser digna producto de la enfermedad y manifestar el consentimiento de manera "clara, informada, completa y precisa".
Además, la ayuda para morir debe prestarla "un profesional de la medicina" con la autorización de un "comité científico-interdisciplinario".
Sin embargo, Colombia también cuenta con una figura llamada libertad de conciencia que le permite a los médicos no realizar el procedimiento si este va a en contra de sus creencias personales.
De acuerdo con el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el país "todavía existen barreras dentro del sistema de salud que no permiten que el ejercicio del derecho fluya con normalidad".
"Entre esos retos se encuentra el desconocimiento sobre los derechos y deberes por parte de los ciudadanos y las entidades del sistema de salud y la burocracia e inoperancia en los procedimientos para recibir las solicitudes y convocar el comité científico-interdisciplinario", indican.
5. Canadá
La eutanasia en Canadá es llamada "asistencia médica para morir" y fue legalizada junto al suicidio asistido en junio de 2016.
El país establece estrictos requisitos, que van desde solicitar el procedimiento 10 días antes de ponerse en práctica, la presencia de dos testigos independientes y la aprobación de dos médicos, quienes deben confirmar que el paciente no tiene cura y que está en una avanzada fase de sufrimiento.
6. Nueva Zelanda
El país fue el primero en el mundo en someter la eutanasia a referendo, junto a las boletas de las elecciones generales a finales de 2020.
La mayoría de los votantes apoyó la medida, lo cual abrió las puertas para que el proyecto de ley entre en vigor el 6 de noviembre de este año, 12 meses después del recuento final de votos.
Quienes soliciten la eutanasia deberán tener 18 años y necesitarán la aprobación de dos médicos.
¿La Eutanasia en Ecuador es Legal?
Actualmente la eutanasia no es legal en Ecuador y está castigada con la cárcel hacia los responsables de sus prácticas, tal y como lo establece el artículo 312 del Código Penal: “El que prestare auxilio o indujere a otro para que se suicide, será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, la prisión será de cuatro a doce años”.
Solo el Código de Ética Médica se refiere a la eutanasia, la que dedica tres artículos en su Título XII.
"Art. 90. El médico no está autorizado para abreviar la vida del enfermo. Su misión fundamental frente a una enfermedad incurable será aliviada mediante los recursos terapéuticos del caso.
Art. 91. Establecida la muerte cerebral, de acuerdo con las normas internacionales vigentes, no se justifican las acciones excepcionales para prolongar las manifestaciones vitales de las estructuras biológicas residuales.
Art. 92. En aquellos casos en que los indicadores clínicos e instrumentales revelen situaciones insalvables o incompatibles con la dignidad de la persona humana, queda al criterio del médico y de los familiares suspender los procedimientos extraordinarios. En caso de controversias se recurrirá al criterio de una Junta Médica constituida por tres especialistas afines al caso".